Con la situación actual que tenemos puede ser más habitual que tus trabajadores pidan un ANTICIPO DE SU NÓMINA con el propósito de afrontar el aumento de los precios o un gasto imprevisto.
▶️ ¿Sabes si estás obligado a concederle ese anticipo? ¿Puedes negarte?
El derecho del trabajador a pedir un anticipo está regulado en el artículo 29 del Estatuto de los Trabajadores.
Art. 29.1) ET: «El trabajador y, con su autorización, sus representantes legales, tendrán derecho a percibir, sin que llegue el día señalado para el pago, anticipos a cuenta del trabajo ya realizado».
▶️ ¿Se puede negar la empresa?
❌ NO ❌. La empresa tiene que conceder un anticipo de salario si un trabajador lo solicita, aunque teniendo en cuenta algunos matices.
🔸Únicamente podrá exigir la cuantía correspondiente al último periodo trabajado y no cobrado, nunca podrá solicitar salarios futuros o pagas extra.
🔸Además, esta cantidad no debe exceder del 90% del salario devengado hasta el momento de la petición.
▶️ ¿Quién tiene que solicitar el anticipo?
El anticipo de nómina lo deberá pedir tu trabajador o sus representantes legales siempre que tengan la autorización del trabajador.
▶️ Cómo SOLICITAR un anticipo:
Salvo que en el Convenio Colectivo o el contrato de trabajo se haya establecido alguna regla especifica al respecto, no está regulado cómo se tiene que solicitar este anticipo.
Desde ASELAIN os advertimos de que siempre es conveniente que el trabajador lo pida por escrito a la empresa y que ambas partes se queden con una copia sellada ✍️.
▶️ ¿Existes límites al número de anticipos que se pueden solicitar?
El Estatuto de los Trabajadores no establece un límite de veces que se puede pedir un anticipo, pero debe de entenderse que no puede ser una práctica generalizada, ya que la norma establece que el salario debe de pagarse a final de mes.
▶️ PLAZO de respuesta:
El Estatuto de los Trabajadores tampoco dice nada sobre el plazo que tiene la empresa para responder por lo que habrá que atender a la regulación del convenio colectivo o contrato individual.
Para que el anticipo no pierda su sentido se sobreentiende que los plazos tienen que ser mínimos para que no llegue la fecha de cobro de la nómina de forma normal.
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