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🔊🔊 ¿Sabes qué es y cómo funciona el contrato de relevo ?

📍 📍 El contrato de relevo existe cuando una empresa contrata a un trabajador que sustituye a otro que se jubila parcialmente.

Ante esta situación habrá dos trabajadores vinculados a la empresa:

🔸El trabajador relevado o sustituido : es el trabajador de la empresa que quiere jubilarse parcialmente, aunque seguirá trabajando a tiempo parcial.

🔸El trabajador relevista o sustituto : es el nuevo trabajador que sustituye al relevado en la jornada de trabajo que deja vacante.

En definitiva, la empresa deberá formalizar dos contratos laborales:

🔸Un contrato a tiempo parcial con el trabajador relevado, en el que se acuerda entre éste y la empresa la reducción de jornada y salario.

🔸Un contrato de relevo con el trabajador relevista.

▶️ ¿Qué requisitos son necesarios para que un trabajador pueda jubilarse anticipadamente?

Los requisitos para que un trabajador pueda acceder a la jubilación parcial son los siguientes:

🔸Estar contratado a jornada completa.

🔸Haber cotizado como mínimo 33 años a la Seguridad Social.

🔸Haber trabajado los últimos 6 años en la empresa que le concederá la jubilación parcial.

🔸Haber cumplido la edad mínima de acceso a la jubilación parcial. En términos generales, a partir de cumplir 60 años.

▶️ ¿Qué trabajadores pueden acceder al contrato de relevo?

La empresa solo podrá contratar a trabajadores en dos situaciones:

🔸Trabajador que se encuentre en situación de desempleo.

🔸Trabajador que tenga con la empresa un contrato de duración determinada.

▶️ Condiciones del contrato de relevo:

Dependiendo del porcentaje de jubilación del trabajador relevado el contrato de relevo será a tiempo completo o a tiempo parcial.

En todo caso, la duración de la jornada deberá ser, como mínimo, igual a la reducción de jornada del trabajador sustituido.  

El horario del trabajador relevista podrá completar el del trabajador sustituido, e incluso simultanearse con él, pero la empresa tiene amplia libertad para establecer el horario que considere oportuno.

▶️Condiciones del trabajador relevista:

El trabajador relevista puede realizar las mismas funciones que las del trabajador sustituido, pero no es obligatorio. En cambio, sí que debe tener el mismo grupo profesional o categoría equivalente que el trabajador sustituido.

La empresa no tiene obligación de ofrecer las mimas condiciones salariales disfrutadas por el jubilado parcial, por lo que se puede ofrecer un sueldo inferior dentro de los márgenes legales o los establecidos por el convenio colectivo que resulte de aplicación.

Se pueden obviar los complementos salariales de índole personal, pero no aquellos que sean propios del puesto.

▶️ Duración del contrato:

La duración del contrato será como mínimo igual al tiempo que falte al trabajador sustituido para alcanzar la edad de jubilación, es decir, que el contrato podrá ser temporal.

Sin embargo, si la reducción de jornada del trabajador relevado es del 75%, el contrato ha de celebrarse a jornada completa y la duración del contrato debe de ser indefinida, no pudiendo extinguirse antes del resultado de sumar 2 años al tiempo que le falte al trabajador sustituido para alcanzar la edad ordinaria de jubilación.

En el supuesto de que el contrato se extinga antes de alcanzar esta duración mínima, el empresario está obligado a celebrar un nuevo contrato en los términos del extinguido, por el tiempo restante.

Si al cumplir la edad de jubilación, el trabajador jubilado parcialmente continuase en la empresa, el contrato de relevo que se hubiera celebrado por duración determinada podrá prorrogarse mediante acuerdo con las partes por períodos anuales, extinguiéndose en todo caso al finalizar el período correspondiente al año en el que se produzca la jubilación total del trabajador relevado.

▶️ Bonificaciones en la cotización :

Los contratos de relevo que se transforman en indefinidos con una jornada igual o superior a la del contrato de relevo tendrá derecho a una bonificación de 500 € al año para hombres y 700 € para mujeres durante un período de 3 años.

▶️ Finalización del contrato o despido :

El contrato de relevo se extinguirá cuando el trabajador sustituido alcance la edad ordinaria para jubilarse. 

🔸Si el contrato de relevo fuese un contrato temporal, el trabajador tendrá derecho a recibir una indemnización de 12 días por cada año de contrato.

🔸Si por el contrario, el contrato es indefinido y se produce un despido la indemnización a abonar dependerá del tipo de despido que se haya realizado.

📢Si quieres saber más detalles sobre el contrato de relevo síguenos en nuestras plataforma digitales o ponte en contacto con nosotros:

🌐 https://laborales-rh.es/

☎️ 948 37 08 82  

🤳 aselain @ASELAIN

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